Responsabilidad primaria
Entender en la aplicación de las normas legales relativas a la existencia y funcionamiento de las asociaciones sindicales de trabajadores y del registro de las asociaciones profesionales de empleadores.
Acciones
1. Mantener actualizado el registro de las asociaciones sindicales de trabajadores y el de las asociaciones profesionales de empleadores, debiendo constar, en ambos casos, la nómina de las autoridades respectivas.
2. Fiscalizar la aprobación y modificación de estatutos, movimientos económico-financieros, realización de asambleas, congresos, actos eleccionarios y toda otra cuestión relativa al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias o estatutarias de las asociaciones sindicales de trabajadores y expedir, cuando sea necesario, las certificaciones pertinentes.
3. Dictar los actos relativos a los encuadramientos sindicales
4. Asesorar en el otorgamiento, denegación y/o cancelación de las personerías o inscripciones gremiales de las asociaciones sindicales de trabajadores así como solicitar en sede judicial la suspensión o cancelación de las citadas personerías o inscripciones.
Dictar los actos relativos a la retención de cuotas y contribuciones establecidas a favor de las asociaciones sindicales de trabajadores, debiéndose llevar el registro de las que fueran homologadas.