Av. Leandro N. Alem 650, PB, Capital Federal.
Para el ingreso de documentación perteneciente a cada dependencia
según el tipo de trámite, o telefónicamente al 4310-6008,
en el horario de 9:30 a 17:00 consultas y el estado de expedientes
Av. Callao 114, PB, Capital Federal.
Trámites correspondientes a relaciones colectivas del trabajo.
CENTRO DE ASESORAMIENTO TELEFONICO
DE TRABAJO
Asesoramiento Laboral a Trabajadores y Empleadores: Línea telefónica
gratuita 0800-666-4100, de lunes a viernes de 10.00 a 16.00 ó vía
email a: consultas@trabajo.gov.ar
Asesoramiento Programa Jefes de Hogar: Línea telefónica
gratuita 0800-222-2220, de lunes a viernes de 9.00 a 19.00.
En ambos servicios se dará respuesta o redireccionará la
consulta de los usuarios.
PROGRAMA ASISTIR
25 de Mayo 645, de lunes a viernes de 11.00 a 17.00.
Solicitar turnos telefónicamente al (011) 4310-595925
Patrocina no sólo a los trabajadores en aquellas demandas de competencia
de la justicia nacional de trabajo, sino también como instancia
previa prejudicial obligatoria en los reclamos que se tramitan en el Seclo.
Brinda información y asesoramiento sobre sus derechos laborales.
Le facilita, en forma gratuita, abogados que puedan representarlo y patrocinarlo
en sus reclamos judiciales.
DEPARTAMENTO DE DIARIOS, REVISTAS Y LINEAS DE DISTRIBUCION
Av. Leandro N. Alem 628, 3º piso, Capital Federal, Tel. 4310-6468
Horario de atención al público: lunes, miércoles y viernes de 10:00 a 16:00.
Consultas: paradasyldist@trabajo.gov.ar
REQUISITOS PARA OBTENER LA MATRICULA NACIONAL DE PERIODISTA O SU RENOVACION
Los formularios correspondientes se retiran en Av. Callao 114, 2 º Piso; de lunes a viernes en el horario de 13.00 a 18.00.
Para mayor información o aclaraciones, se ruega comunicarse con la Lic. María Esther Landoni al teléfono: (011) 4370 – 4149.
1) Solicitud de inscripción (Ley Nº 12.908).
2) Certificación de la Dirección nacional de Reincidicencia y Estadística Criminal y Carcelaria.
3) Si el solicitante trabaja en relación de dependencia: a)Certificación extendida por el empleador, en formularios: P.S.6.2. de Anses y 6540 M.T. con los que se acrediten dos años de trabajo en funciones periodísticas.
b)La firma del empleador deberá estar certificada por alguna de las autoridades indicadas en los mismos formularios.
4) Si el solicitante trabaja en forma independiente:
a) Deberá acreditarlo mediante certificación extendida por un Contador, certificando la firma de éste el correspondiente Consejo Profesional de Ciencias Económicas.
Deberá acreditar pago de aportes previsionales como trabajador autónomo.
Dos fotografías de frente, para credencial.
Trámite gratuito
REGIMEN LABORAL NACIONAL DE
EXTRANJEROS Y DE ARGENTINOS EN EL EXTERIOR
Av. Leandro N. Alem 650, 2º piso, Capital Federal, telefónicamente
al 4310-6054 o via mail a ainterna@trabajo.gov.ar,
en el horario de 11:00 a 15:30.
Esta dependencia del MTEySS le ofrece conocer toda la normativa y los
procedimientos vigentes para contratar extranjeros o bien para enviar
argentinos a trabajar al exterior.
EMPRESAS DE SERVICIO EVENTUALES
Av. Callao 114, 2º piso, Capital Federal, de lunes a viernes de
9:30 a 17:00. Tel 4370-4129/4225/4228.
Se recomienda a toda empresa que desee obtener la certificación
del MTEySS para operar como proveedora de personal eventual, según
lo establecido por el Decreto Nº 342/92, dar atenta lectura a esta
norma, a fin de reducir la duración de la tramitación y
poder dirigirse a la citada dependencia con la documentación requerida
en condiciones.
HABILITACION
DE BOLSAS DE TRABAJO
Av. Leandro N. Alem 638, 5º piso, Capital Federal. Tel 4310-5785
o vía mail a gecal_conurbano@trabajo.gov.ar,
lunes a viernes de 10:00 a 16:00.
Las bolsas de trabajo son gratuitas y para constituirlas se debe presentar
una expresión de motivaciones y un detalle de los recursos materiales,
humanos y de espacio físico con que se cuenta para ejercer dicha
actividad. La carta deberá ser por duplicado: un ejemplar para
la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral y el restante para
la Dirección Nacional de Políticas de Empleo.
TELEGRAMA Y CARTA DOCUMENTO
LABORAL
25 de Mayo 645, Capital Federal, de 11:00 a 19:00 personalmente.
El MTEySS es el encargado de regular la manera en que debe realizarse
el envío de telegramas y cartas documento.
El envío del telegrama laboral está previsto por la Ley
Nº23.789 y reglamentado por el Decreto Nº150/96. Se utiliza
para comunicar despidos, asuntos salariales y renuncias al puesto de trabajo.
El texto no tiene que superar las veinticinco (25) palabras, sin contar
las referidas a los datos que identifican al remitente y al destinatario.
Debe enviarse por la empresa oficial de correos (Correo Argentino), la
que otorgará un formulario modelo. Su envío es gratuito.
La carta documento es un servicio pago. Su extensión no debe superar
un (1) formulario modelo.
El empleador está obligado a recibir las comunicaciones escritas
que, por asuntos referidos a la relación de trabajo, le envíe
un trabajador en relación de dependencia.
Todos los trámites y consultas en el Ministerio son gratuitos.