Responsabilidad primaria
Entender en la aplicación de las normas legales relativas a la
existencia y funcionamiento de las asociaciones sindicales de trabajadores
y del registro de las asociaciones profesionales de empleadores.
Acciones
1. Mantener actualizado el registro de las asociaciones sindicales de
trabajadores y el de las asociaciones profesionales de empleadores, debiendo
constar, en ambos casos, la nómina de las autoridades respectivas.
2. Fiscalizar la aprobación y modificación de estatutos,
movimientos económico-financieros, realización de asambleas,
congresos, actos eleccionarios y toda otra cuestión relativa al
cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias o estatutarias
de las asociaciones sindicales de trabajadores y expedir, cuando sea necesario,
las certificaciones pertinentes.
3. Dictar los actos relativos a los encuadramientos sindicales
4. Asesorar en el otorgamiento, denegación y/o cancelación
de las personerías o inscripciones gremiales de las asociaciones
sindicales de trabajadores así como solicitar en sede judicial
la suspensión o cancelación de las citadas personerías
o inscripciones.
Dictar los actos relativos a la retención de cuotas y contribuciones
establecidas a favor de las asociaciones sindicales de trabajadores, debiéndose
llevar el registro de las que fueran homologadas.
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