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AUTORIDADES DE APLICACION

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

*Constitución de los consejos consultivos en los ámbitos provincial, municipal y barrial y están integrados por los trabajadores, los empresarios, las organizaciones sociales y confesionales de cada jurisdicción y por los niveles de gobierno que correspondan.

*Descentralización operativa en cuanto a su ejecución (provincias e intendencias): el control de los planes está a cargo de los consejos consultivos de cada localidad.

*Creación del Registro de Empleadores, destinado a la inscripción de todas las empresas, instituciones públicas y privadas dispuestas a incorporar a los beneficiarios del programa al desarrollo de actividades laborales, mediante la suscripción de los correspondientes convenios en los niveles nacional, provincial o municipal.

*Implementación de un sistema mediante el cual el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a través de la Secretaría de Empleo, establece los trámites de inscripción e incorporación de los beneficiarios y los procesos administrativos e informáticos atinentes al circuito de liquidación y pago del beneficio.

*Establecimiento del 0800-222-2220 para la recepción de consultas y denuncias acerca del Programa Jefes de Hogar.

*Creación de la Comisión de Tratamiento de Denuncias de los Programas de Empleo (CODEM), encargada de sustanciar las denuncias sobre irregularidades.
Firma de convenio con la Procuración General de la Nación, cuya Unidad Fiscal de Investigaciones de la Seguridad Social (UFISES) es la encargada de la investigación de ilícitos vinculados con el Programa Jefes de Hogar.

*Creación de la Unidad de Seguimiento de Convenios.

*Creación de la Subcoordinación de Seguimiento Técnico y Fiscalización (SUSEFI) que podrá realizar visitas de supervisión tanto de las actividades y proyectos como de la documentación y legajos de beneficiarios en poder de los municipios, a solicitud de la Dirección Nacional de Promoción del Empleo (DNPE).

*Capacitación y establecimiento del Registro de Instituciones Capacitadoras.

Nota: la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa a cargo del Registro Nacional de Beneficiarios de Planes Sociales.

 

 

Municipios y comunas

Son los responsables de coordinar la inscripción y registro de los beneficiarios en cada localidad, así como de delegar estas tareas a las oficinas habilitadas.

Los gobiernos locales deben:
Brindar información al público respecto de las características y condiciones para percibir el beneficio que otorga el programa.
* Suministrar a todos los interesados el Formulario Unico de Inscripción provisto por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. (Anexo I)
* Orientar a los beneficiarios para el correcto llenado del formulario, de acuerdo al instructivo diseñado a tal efecto. Se deberá verificar que todas las preguntas que incluyan código, de acuerdo a las tablas que figuran en el formulario, se completen correctamente.
* Emitir una constancia de inicio de trámite firmada por personal municipal y entregársela
al beneficiario.
* Conformar un legajo por cada beneficiario, que deberá contener: copia del Formulario
Unico de Inscripción, certificados, y constancias.
* Recibir y controlar los certificados requeridos por la normativa del programa.
* Atender consultas de los beneficiarios sobre fechas de cobro, denuncias por
irregularidades y casos especiales.

Anexos

PDF

Manual de Instrucciones para Municipios y Consejos Consultivos. El presente manual tiene por objeto asistir a los municipios y comunas en la gestión eficiente del programa.


 

Consejos consultivos comunales y municipales

Son los organismos encargado de controlar la adjudicación y efectivización del programa, en el ámbito municipal, provincial y nacional. Los consejos consultivos están integrados por representantes de los trabajadores, empresarios, organizaciones sociales y confesionales y del gobierno local. La cantidad de miembros de los CC se determina en función del tamaño de la jurisdicción, con la garantía de que al menos dos terceras (2/3) partes de los mismos correspondan a instituciones no gubernamentales.

Las funciones de los consejos consultivos son:
" Controlar la inscripción, incorporación y real efectivización del programa en su jurisdicción.
" Solicitar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, conjuntamente con el intendente municipal, las altas y bajas de los beneficiarios y controlar su realización.
" Recibir las denuncias por irregularidades en el programa en su jurisdicción, investigar las denuncias y solicitar las bajas correspondientes, en caso de comprobar irregularidades.
" Controlar el cumplimiento efectivo de los requisitos correspondientes a la incorporación de beneficiarios.
" Evaluar las propuestas de proyectos de actividades comunitarias y de capacitación y los antecedentes del organismo ejecutor, en cada caso.
" Controlar y hacer el seguimiento de la ejecución de la contraprestación asignada a los beneficiarios en el ámbito de su jurisdicción.
" Recibir los formularios para la inscripción de las empresas en el Registro de Empleadores del programa.
" Proponer criterios de selección y listados de beneficiarios para las actividades de contraprestación.

Anexos

DOC

PDF

Manual de Instrucciones para Municipios y Consejos Consultivos. El presente manual tiene por objeto asistir a los municipios y comunas en la gestión eficiente del programa.

Información extendida referente a los Consejos Consultivos

 

 

Nómina de Consejos Consultivos
Relevamiento de provincia o localidad en archivo Excel (XLS)

Provincias (Anexo III)

XLS

Capital Federal

Buenos Aires

Buenos Aires, Conurbano

Catamarca

Chaco

Chubut

Córdoba

Corrientes

Entre Ríos

Formosa

Jujuy

La Pampa

La Rioja

Mendoza

Misiones

Neuquén

Río Negro

Rosario, Santa Fe

Salta

San Juan

San Luis

Santa Cruz

Santiago del Estero

Tierra del Fuego

Tucumán


0800-222-2220
de lunes a viernes
de 9.00 a 19.00



Preguntas frecuentes

Ingrese aquí

Comisión de denuncias

Ingrese aquí

Consejo Nacional de Administración, Ejecución y Control (CONAEyC)

Ingrese aquí

Consejos consultivos

Ingrese aquí

 
 
 



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Ultima actualización V2.0 - 26-Jul-2004 15:42