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USTED DEBE SABER

 

Noticias que el CONAEyC produjo hasta el momento, que fueron enviadas vía correo electrónico a todos los consejos consultivos, medios de comunicación y organizaciones de la sociedad civil de todo el país.


* Documentos gratuitos para recién nacidos.
* Publicación del padrón de beneficiarios. (en breve)
* La inscripción de mensajes en los recibos de pago.
* Autorizar el cambio de la titularidad del beneficio.
* Recomendaciones a beneficiarios que perdieron su documento.
* Incentivar la participación en los CCM, mediante la incorporación de nuevos organismos.
* Promover la inclusión social del beneficiario.

 

 

 

Documentos gratuitos para recién nacidos

El Gobierno argentino, a través del Decreto N° 262/03, declaró que todos los niños de cero (0) a seis (6) meses de edad nacidos en el territorio nacional podrán obtener gratis, durante un año, el primer documento nacional de identidad (DNI).
El CONAEyC comunica que el Registro Nacional de las Personas envía por vía aérea los DNI a todos los registros provinciales de las personas, para cubrir las necesidades de documentación de los niños de 0 a 6 años hasta el mes de febrero de 2004.
En caso de tener dificultades, rogamos conectarse con el registro provincial e informar al Consejo Consultivo Provincial y al CONAEyC.
El derecho de inclusión social es también derecho a la identidad.

 

 

La inscripción de mensajes en los recibos de pago

El CONAEyC solicitó al MTEySS que en los recibos de pago figuren dos avisos:
Las personas que reciben el plan tienen derecho a estar aseguradas para cubrir los riesgos o accidentes que puedan sufrir durante su actividad.
También debe figurar la solicitud de que se acerquen a su consejo consultivo para actualizar sus datos personales y la documentación de los niños a su cargo, cuando sea necesario.
Estos mensajes deben figurar a partir del mes de junio.

 

 

Autorizar el cambio de la titularidad del beneficio

Esto será posible hacerlo cuando se comprobara que la patria potestad, tenencia o guarda de los menores a cargo del actual beneficiario es ejercida por su cónyuge o concubino/a aunque no sean hijos propios.
Además, tanto la convivencia como la separación de hecho de los beneficiarios deberá ser actual, con un mínimo de seis meses anteriores al pedido de inscripción al plan y
documentada a través de una información sumaria.

Dado que en algunos lugares del interior del país es difícil obtener la información sumaria de manera rápida; resulta necesario y posible aprovechar los adelantos tecnológicos instalados en todas las dependencias judiciales del país.
Con respecto a este tema el MTEySS resolvió que:
La información podrá presentarse mediante la confirmación vía oficio, fax o correo electrónico de los juzgados con competencia en la materia.
Esta confirmación vía oficio, fax o correo electrónico alcanzará a los beneficiarios o postulantes que están distantes de los tribunales, quiénes podrán justificar su situación ante la autoridad policial de la jurisdicción que corresponda, con carácter de declaración jurada y avalada por dos (2) testigos.

 

 

Recomendaciones a beneficiarios que perdieron su documento

El CONAEyC les informa que para cobrar con normalidad el plan, aquellos beneficiarios que perdieran su documentación deberán presentarse con el acta de denuncia policial y la constancia de tramitación suministrada por el registro civil del lugar de residencia. (según normativa del Banco Central de la República Argentina (BCRA): Comunicación BCRA "A" 2867, Comunicación "A" 89-cap.II, modificada por ANEXO III pto. 4) de la Res. DE N° 883/97)

 

 

Incentivar la participación en los consejos consultivos municipales mediante la incorporación de nuevos organismos

El CONAEyC considera necesaria la incorporación de nuevas organizaciones para mantener la vigencia de los consejos consultivos municipales (CCM) más allá de la permanencia o no del Programa Jefas y Jefes de Hogar Desocupados. De esta manera, los CCM tendrán un perfil propio, trascendiendo las distintas administraciones municipales y comunales.

 

 

Promover la inclusión social del beneficiario

El Consejo sostiene que para lograr la inclusión del beneficiario en el sector del trabajo, se debe contemplar su historia, perfil laboral, habilidades y capacidades.
La contraprestación inclusiva se transformó en uno de los ejes orientadores de la Comisión de Empleo y Trabajo Productivo.

 

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Ultima actualización V2.0 - 28-Jul-2004 13:12