Brinda una audiencia de conciliación a los trabajadores y/o empleadores que tengan un conflicto con la otra parte en asuntos laborales. El servicio incluye evaluar los acuerdos conciliatorios alcanzados, a fin de determinar la procedencia o no de su homologación. En este último caso, queda habilitada la instancia judicial para el supuesto de no arribar a un acuerdo conciliatorio.
Revisar y homologar (dar validez legal en los casos que corresponda) los acuerdos pactados directamente entre partes (trabajadores y empleadores), en forma espontánea, vinculados a relaciones del trabajo.
Las partes que voluntariamente concurran a los servicios de conciliación laboral habilitados por un convenio colectivo de trabajo podrán dirimir allí su conflicto. El eventual acuerdo alcanzado será elevado al SECLO, que evaluará la procedencia o no de la homologación.
Se brinda respuesta a las diferentes consultas y/o pedidos de información que puedan requerir al SECLO las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas. Este servicio incluye la resolución de los oficios judiciales o administrativos que se presenten ante el SECLO.